Cómo queda mi pensión si he trabajado fuera

"Cómo queda mi pensión si he trabajado fuera" es el título de un interesante artículo publicado en el Diario Expansión en la sección de Emprendedores & Empleo el pasado sábado 4 de mayo. Me parece muy relevante porque en cualquier Asignación Internacional es crítico  evaluar los temas relacionados con la Seguridad Social:
  • Los trabajadores desplazados al extranjero que puedan mantener la cotización en España, ya sea por la aplicación de un convenio con el país de destino u otra causa legalmente establecida, tendrán aseguradas sus percepciones de acuerdo con la legislación española.
  • Sin embargo, para los casos en que se deja de cotizar en España, el artículo explica muy bien las posibles consecuencias económicas y el funcionamiento de los mecanismos habituales definidos en los convenios, como la "totalización" .
Adjunto el Link de la Seguridad Social donde se puede comprobar los acuerdos bilaterales actualmente suscritos por España. Estos acuerdos regulan, entre otros temas, el cálculo de las pensiones en las distintas situaciones.

Adicionalmente, existe la posibilidad, bajo el cumplimiento de ciertos requisitos legales, de suscribir un Acuerdo Especial con la Seguridad Social española. Esta posibilidad puede ser interesante para personas que estén cercanas a la edad de jubilación, y no quieran ver mermada sus prestaciones en España. Sin duda, es un tema delicado por las consecuencias económicas a largo plazo. Si tenéis cualquier duda, es mejor ir a la fuente de información, y preguntar directamente en la Seguridad Social.

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